miércoles, 29 de agosto de 2012

ÉPOCA DE LAS CODIFICACIONES


¿Qué características observa en las universidades o colegios en referencia a los sistemas jurídicos?

Universidad de Bolonia (Italia)
Es en los principios de la Edad Media cuando el saber y la educación se encontraban relegados a las escuelas existentes en los monasterios y catedrales (Bolonia, París, Salerno, San Millán, Córdoba, etc.). Algunas de estas escuelas alcanzan el grado de Studium Generale, porque recibían alumnos de fuera de sus diócesis y concedían títulos que tenían validez fuera de ellas; contaban con estatutos y privilegios otorgados, primero por el poder civil y posteriormente ampliados por el papado. De aquí surgieron las universidades.
Casi todas las universidades estaban también subdivididas en facultades distintas para los maestros y alumnos de una disciplina particular. Las facultades tradicionales eran la de artes (artes liberales), teología, derecho (que muchas veces estaba separada en facultad de derecho canónico y facultad de derecho civil) y facultad de medicina. En sitios como Bolonia, Padua o Montpellier, como decíamos, donde había universidades enteras para cada disciplina no tenía sentido la división en facultades. Pero en el resto de universidades las facultades eran fundamentales, y solían tener una amplia autonomía.
Caracteristicas de la enseñanza del derecho en las universidades:
Los estudiantes medievales eran por definición forasteros.
Utilizaban como base el estudio del corpus iuris canonici y el corpus iuris civilis
Se podría hablar de una metodología similar, que podría llamarse escolástica.                                    
El uso del latín como uso general y exclusivo de la enseñanza.                                                                
Había dos tipos de ejercicios básicos en todas las facultades, la "lección" y la disputa". La primera consistía en una lectura, en la cual se iban comentando los textos oficiales que servían de base a cada disciplina, y que hacía que el estudiante dominara a las "autoridades" correspondientes. La segunda era un debate oral de acuerdo con las reglas de la silogística aristotélica, con constantes referencias a las "autoridades" en el curso del cual se establecían, defendían o rebatían tesis concretas (o "casos" jurídicos), para resolver o desarrollar, dentro de un cuerpo de doctrina coherente, problemas de todo jurídicos, que surgían en el estudio y comparación de textos.
Este tipo de método conllevaba una serie de consecuencias:
1. Se daba un papel crucial y propedéutico a la gramática y a la dialéctica, si uno quería comprender cabalmente los textos y desarrollar razonamientos lógicos coherentes para acceder a la verdad.
2. Se dio una importancia básica a la escritura, en cuanto los libros eran la fuente de autoridad, tanto de los autores de referencia como de sus comentaristas o glosadores
3. La relación maestro-discípulo era muy estrecha y necesaria.
4. Se recurría como recurso indispensable a la memorización y repetición de textos, que exigía estudios de muy larga duración, que podía ir de los doce o trece de ciertas facultades de derecho,

Ligaron la enseñanza a los exámenes. El examen era considerado como la culminación normal de un programa de estudios, que daba derecho a obtener un título oficial. Los exámenes eran básicamente orales y estaba sujeto a minuciosas especificaciones. El baccalariatus o titulo de bachiller allá donde se concedía, implicaba llevar a cabo una "lectura" simplificada; -la obtención de la licentia dependía de ganar una disputa; y un doctorado no era sino la solemne inauguración de un puesto de profesor ordinario o profesor regente.

Fuente: LAS UNIVERSIDADES MEDIEVALES,  Alberto Relancio, IES Viera y Clavijo Los Realejos
La universidad a través del tiempo de Galo Gómez Oyarzun

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